Este trámite permite obtener: Una autorización para el ingreso al país, si la mascota viene como equipaje acompañado (junto con el usuario).
Si se interna como carga, recibe un Certificado de destinación aduanera e Informe de inspección de productos agropecuarios, que formalizan la autorización de ingreso al país.
A quién está dirigido: Dueños de perros y gatos que deseen ingresar con estas mascotas a Chile.
Requisitos
El animal no debe presentar signos
de enfermedades transmisibles en el momento del embarque.
El animal debe haber sido sometido a un examen clínico, con una antelación
máxima de 10 días previos al embarque (15 días si el origen
es Estados Unidos), en el cual se le ha reconocido estar libre de enfermedades
transmisibles.
Si el animal es mayor de 6 meses, debe haber sido vacunado contra la rabia entre
1 y 12 meses que precedieron al embarque (excepto si procede de un país
declarado oficialmente libre de la enfermedad).
El animal debe haber sido sometido a un tratamiento antiparasitario externo
e interno.
Documentos
Certificado sanitario oficial,
que acredita el cumplimiento de las exigencias sanitarias, otorgado por la Autoridad
sanitaria oficial del país de origen.
Certificado de examen clínico realizado con antelación máxima
de 10 días (15 días si el origen es EE.UU.), que lo reconoce libre
de enfermedades transmisibles y que ha sido sometido a tratamiento parasitario
interno y externo, otorgado por el médico veterinario autorizado país
de origen.
Certificado de vacunación antirrábica (sólo si el país
no ha sido declarado oficialmente libre de rabia).
Costo: Solamente si los animales ingresan como carga, existe un cobro por inspección
y emisión de documentos.
Plazo de respuesta: Inmediato
Normas que lo regulan
Resolución N° 1484
de 1992
Resolución N° 1689 de 1992
Información : Subdepartamento
Defensa Pecuaria SAG, correo electrónico: propec@sag.gob.cl